Solicitud para que temas fiscales sean sometidos a referéndum es rechazada por el TSE

San José, 19 ago, (elmundo.cr)- La solicitud de recolección de firmas para un referéndum, que permitiera modificar un artículo de la Constitución Política que impide que los temas fiscales y tributarios sean sometidos a consulta popular fue rechazo por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Según explica el letrado del TSE, Andrei Cambronero, la solicitud la hizo un ciudadano de apellido Vargas  para que se elimine la prohibición de referéndums en temas fiscales; no obstante, el artículo que establece el derecho de que en el país se realicen referéndums  (105) excluye proyectos en esos ámbitos, razón por la que se presentó la solicitud.

“El tribunal rechazó de plano la gestión porque la normativa y la jurisprudencia han señalado que para hacer reformas parciales a la constitución vía referéndum el respectivo proyecto que así lo aspire a hacer tiene que estar ya aprobado ya en primera legislatura de las que establece el 195. Al no haberse acreditado que ese proyecto haya pasado primero por el parlamento en esa primera votación pues lo que corresponde es rechazar la gestión”, explicó Cambronero.

Aunado a esto, el letrado dijo que “lo que se presentó fue una solicitud por parte de un ciudadano para que se extrajeran o se eliminaran del artículo 105 constitucional, la materia tributaria y fiscal, de forma tal que en el futuro pudiesen existir consultas o referéndum en estas materias. Estableció qué hay materias que no pueden ser llevadas a este tipo de consultas, entre otras la tributaria fiscal, de seguridad, entre otras, de forma tal que todo proyecto de ley que verse sobre estas temáticas no puede ser consultado al colegio electoral”.

Por otro lado, la Constitución Política prohíbe de igual forma que se realicen consultas populares de proyectos sobre presupuestos, pensiones, créditos, seguridad y aprobación de empréstitos.

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