Proyecto de ley sobre empleo público presenta problemas de inconstitucionalidad, señala UCR

San José, 15 jul (elmundo.cr) – Un documento elaborado por un grupo de profesionales en Derecho y Economía de la Universidad de Costa Rica (UCR) encontró que el proyecto de ley sobre empleo público presenta problemas de inconstitucionalidad.

La publicación señala que la iniciativa “tiene conflictos con la inobservancia del régimen de autonomía administrativa, propia de las municipalidades y la Caja Costarricense de Seguro Social, del régimen de independencia de administración, organización y gobierno exclusivo de las universidades públicas estatales y frente al ejercicio de derechos fundamentales como los derivados de la libertad sindical y el derecho a la no discriminación”.

Además mencionan que “la inconstitucionalidad del proyecto es clara y aún más evidente al tratarse de las universidades estatales, ya que estas no poseen la misma naturaleza que tienen las demás instituciones autónomas”.

Según la UCR la intención de circunscribir el sistema universitario a un régimen único de empleo público, implicaría violentar la potestad de las casas de enseñanza superior para definir sus propios lineamientos y políticas pertinentes para el desarrollo de la carrera profesional de sus funcionarios.

“Por otra parte, se señala que el plan se justifica al buscar una mayor igualdad salarial entre entes públicos para puestos similares y pretende establecer un salario global que pueda manejar el gobierno central, de acuerdo a la política económica de cada gobierno. No obstante, convierte los salarios en una variable de ajuste macroeconómico, y de esta manera no necesariamente se consigue la equidad que se busca”, indican.

Otro de los problemas que indican es que deja de lado que las universidades buscan atraer y conservar el recurso humano más calificado y especializado en todas las áreas del conocimiento.

“Este problema es particularmente relevante en el proyecto, en la medida en que vulnera, limita o impide el ejercicio del derecho fundamental a la negociación colectiva establecido en el artículo 62 de la Constitución Política, así como en el convenio 98 de la Organización Internacional del Trabajo, ratificado por Costa Rica, y en el Código de Trabajo”, aseguran los especialistas.

También les preocupa el mecanismo por el cual se van a definir incentivos salariales para quienes tengan un salario global o para quienes se trasladen y esto cómo va afectar lo dispuesto en las negociaciones colectivas.

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