Gobierno anuncia cierre de fronteras: solo podrán entrar costarricenses y residentes

» Solo podrán entrar al país a partir del miércoles las personas costarricenses y los residentes en el país, medida que se extenderá hasta el 12 de abril, y estos deberán permanecer 14 días en cuarentena.

San José, 16 mar (elmundo.cr)- El gobierno de la República decretó este lunes el estado de Emergencia Nacional, debido a la amenaza del COVID-19, conocido comúnmente como coronavirus.

“El estado mantiene la alerta amarilla, pero se decretó el estado de Emergencia Nacional para tomar acciones más ágiles y necesarias sobre todo a nivel administrativo para proteger a nuestra población”, expresó el presidente de la República, Carlos Alvarado.

Dentro de esta declaratoria de emergencia hay tres fases que establece la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias:

a) Fase de respuesta. Que incluye además de lo estipulado en la Ley N° 8488 y su reglamento, las acciones de contención y control de los brotes, el reforzamiento de los servicios de salud, el aprovisionamiento de agua, la compra y distribución de suministros de limpieza y desinfección, las acciones de limpieza profunda en edificaciones públicas, la protección del personal sanitario, vigilancia epidemiológica y la asistencia humanitaria requerida para la adecuada atención de la emergencia. En el marco de sus competencias las instituciones velarán por evitar el desabasto, acaparamiento, condicionamientos en la venta y la especulación en bienes y servicios.

b) Fase de rehabilitación. Que incluye además de lo estipulado en la Ley N° 8488 y su reglamento, la ampliación de las capacidades de los servicios para la atención de pacientes, incluido sin que se limite a: la sostenibilidad de la red de servicios de salud y la ampliación de las unidades especializadas y laboratorios requeridos para la reducción de la morbimortalidad de la población.

c) Fase de reconstrucción. Que incluye además de lo estipulado en la Ley N° 8488 y su reglamento, las acciones a mediano plazo orientadas a establecer las condiciones normales de operación de la red de servicios de salud, así como eventuales tratamientos y procedimientos médicos disponibles, según el nivel de los impactos determinados tras el final de la fase pandémica, así como la adopción de medidas de mediano y largo plazo que faciliten el proceso de recuperación económica de los sujetos afectados en el ámbito productivo, laboral y comercial. Todas las acciones deben de realizarse con un enfoque preventivo orientado a que futuros eventos similares al que generó la declaratoria no vuelvan a generar un estado de emergencia nacional.

Se suspenden las lecciones en los centros educativos públicos y privados desde este martes y hasta el 4 de abril.

Solo podrán entrar al país a partir del miércoles las personas costarricenses y los residentes en el país, medida que se extenderá hasta el 12 de abril, y estos deberán permanecer 14 días en cuarentena.

La presente declaratoria de emergencia se mantendrá vigente durante el plazo que el Poder Ejecutivo disponga, según los informes que sean emitidos por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias o en su defecto por el plazo máximo que establece la Ley Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, Ley N° 8488, pudiendo ampliarse o modificarse mediante decreto ejecutivo si las condiciones de la emergencia lo exigen.

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